APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 342

   Asígnase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", programa 200 "Asesoramiento, Cooperación y Representación", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", Financiamiento 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 559.000 "Transferencias corrientes a otras instituciones sin fines de lucro", una partida anual de $ 1.200.000 (un millón doscientos mil pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2024, para aplicar como contrapartida nacional de la instalación y funcionamiento del Centre National de la Recherche Scientifique (CNRS) en el marco del Convenio que se celebrará con dicha entidad para la inauguración de un Laboratorio Internacional de Investigación (IRL) en Matemáticas en nuestro país.

   Las partidas serán liberadas por el Ministerio de Educación y Cultura previa rendición de cuentas de partidas anteriores y presentación de proyectos a atender con los fondos entregados, todo en los términos y condiciones que surjan del acuerdo a celebrar con dicha entidad.

   La asignación dispuesta se financiará con la supresión de vacantes que a tales efectos el Ministerio de Educación y Cultura comunicará a la Contaduría General de la Nación en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días de promulgada la presente ley.

   Vencido el plazo dispuesto precedentemente, autorízase a la Contaduría General de la Nación a suprimir las vacantes necesarias para la financiación dispuesta.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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