APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 322

   Créase el Departamento de Comunicación de la unidad ejecutora 008 "Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", y el cargo de Jefe de dicho departamento.

   A los efectos de financiar lo dispuesto en el inciso anterior, asígnase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", unidad ejecutora 008 "Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales.

   El Ministerio de Educación y Cultura comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, la apertura de los créditos que se asignan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ayuda