El Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, reglamentará este Sistema de Gestión de Desempeño.
La implementación del referido Sistema se realizará en forma progresiva en las diferentes unidades ejecutoras o Incisos de la Administración Central, conforme al calendario que elabore la Oficina Nacional del Servicio Civil. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 11.
Ver vigencia: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 32.