APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 280

   Reasígnase en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", Financiación 1.1 "Rentas Generales", desde el programa 322 "Cadenas de valores motores de crecimiento", unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Turismo", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", la suma de $ 4.066.250 (cuatro millones sesenta y seis mil doscientos cincuenta pesos uruguayos), al programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", objeto del gasto 042.520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", aguinaldo y cargas legales, a efectos de financiar el pago de la compensación dispuesta por el artículo 428 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ayuda