APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 278

   Asígnase en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", programa 320 "Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios", unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Turismo", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", una partida anual de $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos), a partir del ejercicio 2024, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", a los efectos de auspiciar eventos deportivos internacionales de vela.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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