APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 276

   Asígnase una partida anual de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", programa 322 "Cadenas de valor motores de crecimiento", unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Turismo", Financiación 1.1 "Rentas Generales", Proyecto 000 "Funcionamiento", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", para el fomento del destino "Termas".

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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