APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 275

   Créase en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Turismo", el Sistema Nacional de Inteligencia Turística (SNIT).

   El referido sistema tendrá los siguientes objetivos: contribuir a la mejora de los procesos de planificación estratégica de todo el sector, incluidos los destinos turísticos emergentes; recopilar, organizar y analizar diferentes fuentes de información, elaborando cuadros de mando e informes dinámicos adaptados a las necesidades de los usuarios y posibilitando la descarga de los mismos.

   El tratamiento de los datos integrados al referido sistema estará amparado por el secreto estadístico previsto en el artículo 17 de la Ley N° 16.616, de 20 de octubre de 1994.

   El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo, definiendo los distintos integrantes del sistema y las formas de funcionamiento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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