APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 233

   Los cometidos del Sistema Nacional de Innovación y Desarrollo Rural serán los siguientes:

1) Impulsar y fortalecer la interacción interinstitucional y la
   articulación público privada para el diseño y ejecución de políticas
   públicas y otras acciones que promuevan el desarrollo rural.

2) Promover la difusión y el acceso a información técnica u operativa
   disponible con el fin de sustentar los procesos de toma de decisiones
   de las diversas acciones orientadas al sector agropecuario y medio
   rural.

3) Generar intervenciones territoriales específicas.

   El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, reglamentará el presente artículo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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