APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 130

   Facúltase a la Policía Nacional a requerir a organismos públicos e instituciones privadas la entrega del respaldo de filmaciones de cámaras de seguridad que tengan en sus instalaciones, cuando las filmaciones contribuyan al esclarecimiento de delitos, faltas o hechos con apariencia delictiva.

   La entrega del registro fílmico, deberá realizarse a la autoridad requirente en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas de efectuada la solicitud.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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