LEY DE REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CREACION DE UN SISTEMA PREVISIONAL COMUN Y DETERMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONVERGENCIA DE LOS REGIMENES ACTUALMENTE VIGENTES




Promulgación: 02/05/2023
Publicación: 10/05/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por:
      Decreto Nº 413/023 de 19/12/2023,
      Decreto Nº 227/023 de 31/07/2023,
      Decreto Nº 228/023 de 31/07/2023.
Referencias a toda la norma

TÍTULO VI - DE LOS REGÍMENES VOLUNTARIOS Y COMPLEMENTARIOS
CAPÍTULO III - PLAN DE AHORRO POR CONSUMO

Artículo 134

   (Modificación artículo 1° de la Ley N° 17.934, de 26 de diciembre de 2005).- Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar al Plan de Ahorro por Consumo parte del porcentaje a que refiere el artículo 1° de la  Ley N° 17.934, de 26 de diciembre de 2005.

   La reglamentación del Plan de Ahorro por Consumo podrá disponer las modalidades de facturación y liquidación del tributo, así como la información que deberán recibir los consumidores y demás aspectos necesarios para la instrumentación, atendiendo al objetivo previsional.(*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 139 (vigencia).
Referencias al artículo
Ayuda