Reglamentada por: Decreto Nº 257/020 de 18/09/2020.
El plazo de vigencia de la presente ley se extiende hasta doce meses después de lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 505 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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