DECLARACION DE INTERES GENERAL DEL CODIGO DE ETICA EN LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 18/09/2019
Publicación: 25/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO I - BUENAS PRÁCTICAS DE ACTUACIÓN EN LA FUNCIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO III - PROHIBICIONES

Artículo 28

   (Prohibición de intervenir por razones de parentesco).- Los funcionarios públicos con competencia para gastar, tienen prohibido intervenir cuando estén ligados por razones de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad, por matrimonio o unión concubinaria, con la parte que contrata con el organismo a que pertenecen.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 32 y 33.
Ayuda