MODIFICACION DE LAS NORMAS DE DESALOJOS COLECTIVOS Y DEL REGIMEN DE PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS QUINQUENALES




Promulgación: 21/09/2018
Publicación: 16/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO I - DESALOJOS COLECTIVOS

Artículo 3

   (Ámbito de aplicación).- Solo se tramitarán por este proceso aquellos desalojos colectivos promovidos contra los sujetos que a título precario, de forma continua e ininterrumpida se encuentren ocupando desde hace más de veinticuatro meses un inmueble, sin que el propietario haya iniciado acciones judiciales tendientes a su recuperación y por tanto configurado el incumplimiento del propietario del deber de cuidar previsto en el literal e) del artículo 37 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008.

   Las disposiciones de la presente ley no se aplicarán a las ocupaciones de bienes inmuebles de uso público o privado que sean propiedad del Estado o de cualquier otra persona pública.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 8 y 10.
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