LEY INTEGRAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS. ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE.DEROGACION DE ARTICULOS DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEYES 17.835, 18.494, 18.914 Y 19.149
CAPÍTULO IX - DE LA COOPERACIÓN JURÍDICA PENAL INTERNACIONAL
Artículo 76
(Extradición).- Sin perjuicio de lo establecido por el literal A) del artículo 32 del Código del Proceso Penal, procederá la extradición de los delitos establecidos en los artículos 30 a 33 de la presente ley y las actividades delictivas precedentes señalados en el artículo 34 de la presente ley.