LEY INTEGRAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS. ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE.DEROGACION DE ARTICULOS DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEYES 17.835, 18.494, 18.914 Y 19.149




Promulgación: 20/12/2017
Publicación: 10/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 379/018 de 12/11/2018.
 Según lo dispuesto en el artículo 78 de la presente ley:
 ver referencias normativas a la Ley Nº 17.835
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO I - DE LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 1

   (Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el
   Financiamiento del Terrorismo).- Créase la Comisión Coordinadora
   contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo que
   dependerá de la Presidencia de la República y estará integrada por un
   representante de la Presidencia de la República, quien la presidirá,
   designado por el Presidente de la República, por el Secretario
   Nacional de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de
   Activos y el Financiamiento del Terrorismo que la convocará y
   coordinará sus actividades, por los Subsecretarios de los Ministerios
   del Interior, de Economía y Finanzas, de Defensa Nacional, de
   Educación y Cultura, de Relaciones Exteriores, el Director de la
   Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central del
   Uruguay y el Presidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública,
   quienes podrán hacerse representar mediante delegados especialmente
   designados al efecto. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 46.
Ver vigencia: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 5.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017 artículo 1.
Referencias al artículo

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - NELSON LOUSTAUNAU - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI
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