SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 29
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Artículo 257
La Administración de los Servicios de Salud del Estado transferirá del
objeto del gasto 031 "Retribuciones Zafrales y Temporales" las partidas
necesarias para la creación de cargos en los grados de ingreso de los
escalafones "A", "B" y "D", a efectos de incorporar en los padrones
presupuestales, en las unidades ejecutoras y en las funciones que
desempeñen, a los funcionarios suplentes que computen un año de actuación
permanente al 30 de abril de 2011 y cuenten con evaluación favorable de su
actuación.