SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 25
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Artículo 246
Increméntanse en el Inciso 25 "Administración Nacional de Educación
Pública", los créditos presupuestales anuales correspondientes a la
Financiación 1.1 "Rentas Generales", en $ 120:200.000 (ciento veinte
millones doscientos mil pesos uruguayos) con destino al Grupo 0
"Retribuciones Personales" en el ejercicio 2011 y a gastos de
funcionamiento a partir del ejercicio 2012.