APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2010




Promulgación: 04/11/2011
Publicación: 17/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1068
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Artículo 243

 Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a
partir del 1° de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 91:500.000
(noventa y un millones quinientos mil pesos uruguayos), a valores del 1°
de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación de Rentas
Generales, a fin de solventar las erogaciones correspondientes al pasaje
de grado docente, a la prima por veintiocho y treinta y dos años de
actividad docente, y a la prima por veinticinco y treinta años de
actividad no docente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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