APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2010




Promulgación: 04/11/2011
Publicación: 17/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1068
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 222

 El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no
podrá contratar personal eventual al amparo del artículo 446 de la Ley
N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por los
artículos 103 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 364 de la
Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008. Los contratos eventuales vigentes
no podrán extenderse más allá del actual período de Gobierno.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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