DECLARACION DE INTERES NACIONAL. FOMENTO DEL DEPORTE NACIONAL. BENEFICIOS FISCALES




Promulgación: 28/10/2011
Publicación: 15/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1060
Reglamentada por:
      Decreto Nº 308/015 de 24/11/2015,
      Decreto Nº 391/012 Derogada/o de 05/12/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 (Objetivos).- Se tendrán especialmente en cuenta a efectos del
otorgamiento de los beneficios aquellos proyectos que:
A) Mejoren las condiciones de formación integral de los deportistas,
   particularmente en el caso de los juveniles.
B) Aumenten o mejoren la infraestructura destinada a las actividades
   deportivas con especial énfasis en las de alto rendimiento.
C) Mejoren el rendimiento de los deportistas federados mediante la
   creación y gestión del conocimiento en materia de entrenamiento
   deportivo, consolidando procesos de aprendizaje mediante la asistencia
   técnica de expertos locales y del exterior.
D) Aseguren los procesos de mejora del desempeño de nuestras
   representaciones nacionales.
E) Fomenten el fortalecimiento de la gestión de las entidades o
   instituciones deportivas.   
F) Contribuyan a fortalecer mediante campañas de promoción y
   comunicacionales la candidatura de nuestro país para ser sede de la
   Copa Mundial FIFA 2030. (*)
G) Mejoren sustancialmente la infraestructura en escenarios deportivos,
   lugares de entrenamiento o concentración de clubes profesionales. (*)

(*)Notas:
Literal G) ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.
Literal F) agregado/s por: Ley Nº 19.714 de 14/12/2018 artículo 2.
Literal G) agregado/s por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 103.
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