INCORPORACION DE NUEVOS AFILIADOS AL SEGURO NACIONAL DE SALUD




Promulgación: 07/01/2011
Publicación: 25/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 67
Reglamentada por:
      Decreto Nº 149/012 de 08/05/2012,
      Decreto Nº 221/011 de 27/06/2011.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - INGRESO DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS

Artículo 2

 Los cónyuges o concubinos a cargo de los jubilados y pensionistas
amparados por el Seguro Nacional de Salud a que refiere el artículo 1° de
la presente ley, se incorporarán a dicho seguro a partir del 1° de julio
de 2016.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 187/016 de 20/06/2016.
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