PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION II
FUNCIONARIOS

Artículo 24

 La Oficina Nacional del Servicio Civil publicará por medios electrónicos
adecuados el listado del registro de funcionarios a redistribuir indicando
perfil laboral, sexo, lugar de residencia y de trabajo habitual de cada
funcionario en la función pública, resguardando su anonimato.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 435/011 de 08/12/2011.
Ver en esta norma, artículos: 34 y 468.
Referencias al artículo
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