FUNCIONARIOS MILITARES. CUMPLIMIENTO TRANSITORIO DE GUARDIA PERIMETRAL Y CONTROL DE ACCESO A CARCELES, PENITENCIARIAS Y CENTROS DE RECUPERACION




Promulgación: 24/12/2010
Publicación: 03/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1624
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 El Poder Ejecutivo dictará la reglamentación que corresponda para 
establecer la forma y modo en que deberán realizarse los controles, 
revisaciones e inspecciones de personas, vehículos y objetos y adoptará 
todas las medidas necesarias para instruir al personal asignado sobre 
los alcances de las previsiones a adoptar en estos casos y de los 
reglamentos correspondientes del Instituto Nacional de Rehabilitación y 
sus posteriores modificaciones.
 (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.081 de 22/05/2013 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.717 de 24/12/2010 artículo 5.
Ayuda