LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD




Promulgación: 19/02/2010
Publicación: 09/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 346
Reglamentada por: Decreto Nº 350/022 de 27/10/2022.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - TRABAJO
Sección 1 - Responsabilidad en el fomento del trabajo

Artículo 60

 En la reglamentación se establecerán los medios necesarios para completar
la protección a dispensar a las personas con discapacidad en proceso de
rehabilitación. Esta protección comprenderá:
A)     Medios y atención para facilitar o salvaguardar la realización de
       su tarea, así como el acondicionamiento de los puestos de trabajo
       que ellos ocupen para preservar el derecho al trabajo.
B)     Medidas de fomento o contribución directa para la organización de
       Talleres de Producción Protegida.
C)     Créditos para el establecimiento como trabajador independiente.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 79/014 de 28/03/2014.
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