Reglamentada por: Decreto Nº 56/010 de 08/02/2010.
El Secretario Ejecutivo tendrá los siguientes cometidos: A) Elaborar y someter a consideración del Consejo de Dirección los planes y programas anuales, el presupuesto, la memoria y el balance anual. B) Ejecutar los planes, programas y decisiones del Consejo de Dirección. C) Administrar los recursos del Centro. D) Cumplir todas las tareas inherentes a la administración del Centro, realizando todos los actos y operaciones necesarios para el desarrollo eficaz de la competencia del mismo.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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