CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS PUBLICO Y PERMANENTE




Promulgación: 25/10/2009
Publicación: 17/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1311
Reglamentada por:
      Decreto Nº 372/022 de 16/11/2022,
      Decreto Nº 65/020 de 17/02/2020.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DE LA ACTIVACION OPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS FRENTE A SITUACIONES DE EMERGENCIA O DESASTRE

Artículo 22

 (Prestación civil obligatoria).- Los funcionarios públicos, que hubieren
sido convocados por sus jerarquías naturales para participar en
actividades del Sistema Nacional de Emergencias en casos de alerta o de
estado de desastre, están obligados a prestar su concurso personal por
todo el tiempo de duración de los mismos, en las condiciones determinadas
por la Dirección Nacional de Emergencias del Sistema.
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