(Principios).- Las cooperativas deben observar los siguientes principios:
1) Libre adhesión y retiro voluntario de los socios.
2) Control y gestión democrática por los socios.
3) Participación económica de los socios.
4) Autonomía e independencia.
5) Educación, capacitación e información cooperativa.
6) Cooperación entre cooperativas.
7) Compromiso con la comunidad.
Los principios enunciados tendrán los alcances y sentidos reconocidos por
el cooperativismo universal.
Dichos principios han de aplicarse al funcionamiento y la organización de
las cooperativas, han de incorporarse a las fuentes del derecho
cooperativo como principios generales y aportan un criterio de
interpretación del derecho cooperativo.