MODIFICACION DEL REGIMEN DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 11/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1938
Reglamentada por: Decreto Nº 825/008 de 29/12/2008.
Referencias a toda la norma

TITULO IV - PATRIMONIO E INVERSIONES
CAPITULO UNICO

Artículo 18

 (Patrimonio).- El patrimonio de la Caja se integra con:
A) Los bienes, créditos, derechos y acciones que posee actualmente o
adquiera en el futuro.
B) El producido de las prestaciones legales de carácter pecuniario y de
los tributos, que las leyes impongan en beneficio de la Caja, a los
afiliados activos y pasivos y a las instituciones, entidades y empresas
comprendidas en su régimen.
C) Las rentas, intereses y beneficios de sus actividades, inversiones y
reservas.
D) El producido de sanciones, multas, recargos e intereses que
correspondan.
E) Los bienes, recursos y contribuciones que por cualquier título reciba.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 95 (vigencia).
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