LEY SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA




Promulgación: 17/10/2008
Publicación: 07/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1590
Reglamentada por: Decreto Nº 232/010 de 02/08/2010.
Referencias a toda la norma

CAPITULO SEPTIMO - DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 33

  (Clasificación de la información). Al 31 de julio de 2012, todos los sujetos obligados deberán elaborar la lista de toda la información que a la fecha se encuentre clasificada como reservada, siempre y cuando esté comprendida en algunas de las excepciones contempladas en el artículo 9° de la presente ley.

     En la misma fecha, la información que no se sujete a estas
excepciones, deberá ser desclasificada.

     A partir de la fecha señalada, toda información clasificada como
reservada, que tenga más de quince años, deberá ser desclasificada y
abierta libremente al público. (*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 150.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.381 de 17/10/2008 artículo 33.
Ayuda