LEY SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA




Promulgación: 17/10/2008
Publicación: 07/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1590
Reglamentada por: Decreto Nº 232/010 de 02/08/2010.
Referencias a toda la norma

CAPITULO TERCERO - DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA ACCEDER A LA INFORMACION PUBLICA

Artículo 13

 (De la solicitud y sus requisitos).- Toda persona física o jurídica
interesada en acceder a la información pública en poder de los sujetos
obligados por la presente ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita
ante el titular del organismo. En dicha solicitud deberá constar:

A) La identificación del solicitante, su domicilio y forma de
   comunicación.

B) La descripción clara de la información requerida y cualquier dato que
   facilite su localización.

C) Y, opcionalmente, el soporte de información preferido, sin constituir
   este último una obligación para el organismo.
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