Autorízase al Poder Ejecutivo a subsidiar el transporte colectivo de
pasajeros urbano y suburbano con el objetivo de reducir el precio de los
boletos respectivos. A tales efectos, asígnase en el Inciso 24 "Créditos
Diversos" una partida por única vez de $ 430.000.000 (cuatrocientos
treinta millones de pesos uruguayos) en la financiación 1.1 "Rentas
Generales".