Reglamentada por: Decreto Nº 60/007 de 12/02/2007.
Artículo 3
La Dirección General de Registros o los organismos citados en el
artículo 5° de la presente ley podrán exigir la actualización de la
declaración jurada en materia de ingresos o de integración del núcleo
familiar, toda vez que lo dispongan.