REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO. BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 19/05/2006
Publicación: 30/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 955
Reglamentada por: Decreto Nº 174/006 de 12/06/2006.
Referencias a toda la norma

Artículo 16

 Facúltase al Banco de Previsión Social a suspender la vigencia de los
certificados previstos por los artículos 663 y 664 de la Ley Nº 16.170,
de 28 de diciembre de 1990, otorgados a empresas respecto de las cuales
se hayan decretado medidas cautelares, a partir de los 90 (noventa) días
de decretadas las mismas.
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