APROBACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS




Promulgación: 07/01/2004
Publicación: 27/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 30
Referencias a toda la norma

TITULO III - ESTRUCTURA ORGANICA
CAPITULO I - GENERALIDADES

Artículo 9

 (Responsabilidad del Estado).- El Estado no asume responsabilidad 
pecuniaria alguna vinculada a la subsistencia de la Caja o a la 
financiación de sus obligaciones, incluyéndose en éstas el pago de las 
prestaciones que deba servir, y sólo se limitará al cumplimiento de esta 
ley, en lo que le sea pertinente. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 152 (vigencia).
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