APROBACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS




Promulgación: 07/01/2004
Publicación: 27/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 30
Referencias a toda la norma

TITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
CAPITULO II - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
SECCION II - OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 144

 (Título ejecutivo).- Los testimonios de las resoluciones firmes del 
Directorio asentadas en actas, relativas a deudas de sus afiliados, 
constituyen a su favor títulos ejecutivos. Los créditos de la Caja contra 
sus deudores quedan incluidos en el numeral 4º del artículo 2369 y en el 
artículo 2376 del Código Civil, cualquiera fuere el tiempo en que se 
hayan devengado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 152 (vigencia).
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