CAPITULO I - CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO DE LA GRANJA
Artículo 5
(Fiscalización).- Créase una Comisión Fiscal Honoraria integrada por un
representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca que la
presidirá, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un
representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y tres
delegados del sector productivo uno de ellos del norte del Río Negro, los
que serán propuestos de común acuerdo por las instituciones privadas que
integran la Junta Nacional de la Granja (JUNAGRA), cuyos cometidos serán
la fiscalización y el seguimiento de la administración del Fondo. (*)