TITULO II - PATENTES DE INVENCION CAPITULO V - LICENCIAS Y OTROS USOS SECCION III - LICENCIAS OBLIGATORIAS Y OTROS USOS SIN AUTORIZACION DEL
TITULAR DE LA PATENTE SUBSECCION IV - OTRAS LICENCIAS OBLIGATORIAS Y OTROS USOS SIN AUTORIZACION
DEL TITULAR
Artículo 67
Concedida una licencia obligatoria el titular de una patente se obliga a
brindar toda la información necesaria para explotar el objeto de la
licencia, tales como conocimiento técnico, protocolos de fabricación y
técnicas de análisis y de verificación y a autorizar el uso de las
patentes relativas a los componentes y procesos de fabricación vinculadas
a la patente objeto de la licencia.
La negativa infundada del titular a proporcionar el conocimiento técnico
y transferir la tecnología necesaria a efectos de alcanzar el fin deseado
o la no venta en tiempo y forma de la materia prima cuando ésta fuere el
objeto de la patente supondrán en forma inmediata la pérdida de los
derechos de regalía para el titular de la patente. (*)