La suma total que corresponda a cada candidatura a la Presidencia de la
República será distribuida en la forma y los porcentajes siguientes:
A) El 20% (veinte por ciento) será entregado al candidato a la Presidencia
de la República.
B) El 40% (cuarenta por ciento) será distribuido entre todas las listas de
candidatos a Senadores del lema, entregándose el importe
correspondiente al primer titular de cada una de ellas. La distribución
se hará en forma proporcional a los votos obtenidos por cada lista al
Senado.
C) El 40% (cuarenta por ciento) será distribuido entre todas las listas de
candidatos a la Cámara de Representantes del lema, entregándose el
importe correspondiente al primer titular de cada una de ellas. La
distribución se hará en forma proporcional a los votos obtenidos por
cada lista a la Cámara de Representantes. (*)