REGIMEN DE LOS ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS QUE ALOJAN ADULTOS MAYORES




Promulgación: 24/12/1998
Publicación: 08/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1491
Ver vigencia: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 298 Derogada/o.
Reglamentada por: Decreto Nº 320/999 Derogada/o de 01/10/1999 (Reglamentación 
Técnica de los Alojamientos Privados para Adultos Mayores).
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DE LA COMISION HONORARIA

Artículo 14

 Créase una Comisión Honoraria de asesoramiento en la materia prevista
por la presente ley, que funcionará en la órbita del Ministerio de
Salud Pública y estará integrada por cinco miembros: un representante
del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá; un delegado de la
Facultad de Medicina que tendrá la calidad de médico con posgrado en
geriatría y gerontología; un representante del BPS; un delegado designado
por los hogares privados sin fines de lucro a que refiere la presente
ley y un representante de las Asociaciones de Jubilados y Pensionistas
que integran los Registros Nacionales respectivos del Programa de
Ancianidad del BPS.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16.
Referencias al artículo
Ayuda