Reglamentada por: Decreto Nº 120/997 de 16/04/1997.
Facúltase al Ministerio del Interior a contratar por el plazo de seis meses, prorrogable por iguales períodos, hasta doscientos retirados policiales para desempeñar funciones correspondientes al Subescalafón Ejecutivo, con destino a la creación de una Policía Ciudadana que dependerá de la Jefatura de Policía de Montevideo. Los contratos que no fueren realizados con retirados policiales se proveerán designando personas de hasta veinticinco años de edad con al menos el primer ciclo de secundaria aprobado. En el caso de estos últimos, transcurridos dos años, si su desempeño así lo justifica, el Ministerio del Interior podrá designarlos Agente de Primera. Este Cuerpo tendrá fundamentalmente por cometido tareas de prevención mediante su presencia en las zonas de mayor riesgo, desempeñando un papel coordinador con los restantes actores sociales, tendientes a lograr un mayor intercambio y entendimiento entre la ciudadanía y el Instituto Policial. (*)
(*)Notas:
Inciso 1º) redacción dada por: Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículo 62. Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.814 de 21/03/1997 artículo 1.
SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCAContent-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
Se ha producido un error interno del sistema
Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.
El mismo será resuelto a la brevedad.
Muchas Gracias.
impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.