SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Los programas presupuestales del Inciso serán los siguientes: 001, "Administración Superior"; 002, "Control de Calidad de la Atención Médica"; 003, "Planificación de Servicios de Salud"; 004, "Situación de Salud"; 005, "Administración del Subsidio para la Atención Médica"; 006, "Administración de la Red de Establecimientos de Agudos de Montevideo"; 007, "Administración de la Red de Establecimientos de Agudos del Interior"; 008, "Administración de Establecimientos de Crónicos y Especializados". (*) La Administración de los Servicios de Salud del Estado será responsable del cumplimiento de los objetivos y del manejo de los recursos de los Programas 005, 006, 007 y 008. El Ministerio de Salud Pública en un plazo de 90 (noventa) días a partir de la promulgación de la presente ley, proyectará y remitirá a través del Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo la nueva estructura orgánica y escalafonaria de sus programas y unidades ejecutoras. Hasta tanto no sea aprobada la nueva estructura seguirá rigiendo la actual estructura programática.
(*)Notas:
Ver correcciones numéricas y/o formales: Decreto Nº 88/996 de 13/03/1996 artículo 1.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
Se ha producido un error interno del sistema
Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.
El mismo será resuelto a la brevedad.
Muchas Gracias.
impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.