SANIDAD ANIMAL




Promulgación: 22/12/1992
Publicación: 04/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 1095
Reglamentada por: Decreto Nº 578/993 de 21/12/1993.
Referencias a toda la norma

Artículo 15

  Los infractores a las disposiciones contenidas en la
presente ley y reglamentaciones que se dicten a su amparo, serán
sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 144 de la Ley
N° 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por el artículo
134 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y en el artículo
285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada
por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 275.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.339 de 22/12/1992 artículo 15.
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