SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 410
A los fines determinados en el artículo anterior, efectúanse las
siguientes transformaciones de cargos:
1 Director de Departamento en 1 Director de Servicio de Informática,
escalafón C, grado 12 escalafón D, grado 13
1 Jefe escalafón C, en 1 Jefe de Servicio de Informática
grado 11 (Sector Gestión), escalafón D, grado 12
1 Jefe escalafón C, en 1 Jefe de Servicio de Informática
grado 11 (Sector Documental), Escalafón D, grado 12
3 Administrativo I en 3 Operador I del Servicio de
escalafón C, grado 8 Informática, escalafón D, grado 8
2 Administrativo II en 2 Operador II del Servicio de
escalafón C, grado 7 Informática, escalafón D, grado 7. (*)