LEY DE PUERTOS




Promulgación: 08/04/1992
Publicación: 23/04/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 314
Reglamentada por:
      Decreto Nº 16/014 de 20/01/2014,
      Decreto Nº 412/992 de 01/09/1992.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
MANO DE OBRA PORTUARIA
PARTE I - DEL PUERTO DE MONTEVIDEO
SECCION 4 DEL PATRIMONIO Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DE ANSE

Artículo 42

   ANSE preparará su presupuesto anualmente y lo someterá antes  del 30 de
setiembre de cada año, a la aprobación del Tribunal de Cuentas.

   Antes del 1º de abril de cada año, rendirá cuenta al mismo Tribunal de
la administración de los fondos.

   El Presupuesto y las Rendiciones de Cuentas se publicarán en la forma
que determine la reglamentación.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 52.
Referencias al artículo
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