LEY DE PUERTOS




Promulgación: 08/04/1992
Publicación: 23/04/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 314
Reglamentada por:
      Decreto Nº 16/014 de 20/01/2014,
      Decreto Nº 412/992 de 01/09/1992.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
MANO DE OBRA PORTUARIA
PARTE I - DEL PUERTO DE MONTEVIDEO
SECCION 4 DEL PATRIMONIO Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DE ANSE

Artículo 41

   Los gastos de ANSE se solventarán con los aportes de los usuarios y los
demás recursos previstos por los literales A) y C) del artículo 34 del
decreto ley especial 6, de 14 de marzo de 1983. Los aportes de los
usuarios se integrarán con los porcentajes que fije el Poder Ejecutivo y
que se calcularán sobre los salarios que se abonen a los operarios. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 52.
Referencias al artículo
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