LEY DE PUERTOS




Promulgación: 08/04/1992
Publicación: 23/04/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 314
Reglamentada por:
      Decreto Nº 16/014 de 20/01/2014,
      Decreto Nº 412/992 de 01/09/1992.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
MANO DE OBRA PORTUARIA
PARTE I - DEL PUERTO DE MONTEVIDEO
SECCION 1 DEL REGISTRO DE ESTIBADORES Y GUINCHEROS DE ANSE
DEL REGISTRO DE ESTIBADORES Y GUINCHEROS DE ANSE

Artículo 29

   ANSE, previo asesoramiento de la Comisión Tripartita respectiva,
propondrá al Poder Ejecutivo las normas reglamentarias de trabajo y
condiciones en que éste se desarrollará, especialmente la cantidad mínima
de trabajadores necesarios por mano, según el tipo de operación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 52.
Referencias al artículo
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