SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 72
Transfórmanse en la unidad ejecutora 001 "Presidencia de la República
y Oficinas Dependientes", subprograma 001 "Administración Superior", del
programa 001 "Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno", dos
cargos de Consultor II y un cargo de consultor I en dos cargos de
Consultor I y un cargo de Secretario particular del Presidente de la
República respectivamente y decláranse comprendidos en el literal d) del
artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo:75.
Ver: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 35 (suprime cargo: "Secretario
Particular").