CAPITULO II - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 06 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 34
Autorízase al Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", a
través de la Dirección del Instituto Artigas del Servicio Exterior (IASE),
a arrendar su anfiteatro en los casos que lo estime oportuno. El producido
del arrendamiento será recaudado por IASE y se destinará el 50% (cincuenta
por ciento) a Rentas Generales. El restante 50% (cincuenta por ciento)
será para gastos de funcionamiento, a excepción de retribuciones
personales, e inversiones del Inciso 06 "Ministerio de Relaciones
Exteriores".
El Poder Ejecutivo fijará el precio del arrendamiento en Unidades
Reajustables. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 191/993 de 27/04/1993.