DESIGNACION, ASCENSOS E INCENTIVOS PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 07/08/1990
Publicación: 10/08/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 113
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - SELECCION Y DESIGNACION DE PERSONAL

Artículo 2

   Las designaciones sólo podrán recaer en funcionarios de los organismos
y escalafones mencionados en el inciso primero del artículo 1 así como los
nombrados al amparo de las excepciones establecidas en el artículo 4 de la
presente ley. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.697 de 25/04/1995 artículo 31.
Ver: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 197 (se excluye: Instituto del 
Niño y Adolescente del Uruguay).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.127 de 07/08/1990 artículo 2.
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