CREACION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE. MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL




Promulgación: 30/05/1990
Publicación: 08/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 569
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 303 (El Ministerio de Vivienda, 
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente pasa a denominarse "Ministerio 
de Vivienda y Ordenamiento Territorial").
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   A los efectos del cumplimiento de sus cometidos en materia de vivienda
el Ministerio podrá:

A) Requerir toda clase de información a los organismos públicos y privados
   que operen en materia de vivienda.

B) Tomar conocimiento y observar, en su caso, previamente a su entrada en
   vigencia, las normas que dicten los organismos públicos para regular
   su forma de operar en materia de vivienda. A este fin dichos
   organismos remitirán al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
   Territorial y Medio Ambiente esa información en la forma que éste
   establezca.
Referencias al artículo
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